¿En qué te puede ayudar la Reforma a la Ley del FOVISSSTE?
Descubre todo sobre la Ley del FOVISSSTE y sus beneficios. Conoce cómo esta normativa impacta en tus créditos hipotecarios y mejora tu futuro financiero.
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Conoce másA finales de junio de 2023 la Comisión Ejecutiva del Fovissste (Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado) aprobó una serie de reformas a la Ley del ISSSTE en materia de créditos de vivienda.
Estas acciones incluyen la implementación de varios programas tienen por objetivo, de acuerdo con información del sitio web de la instancia, apoyar a las personas menos favorecidas, posicionando así a los derechohabientes como eje central de los beneficios de estas modificaciones.
Reformas a la Ley FOVISSSTE
A continuación te compartimos las principales modificaciones que se hicieron a la Ley de Fovissste.
Protección al trabajador ante demasías y deuda de entidades
Según las modificaciones al artículo 20 de la Ley de Fovissste, se establece que no se podrá castigar al trabajador por situaciones que no se le pueden atribuir, tales como los intereses debido a la falta de pago de las instancias públicas y las demasías.
Este último concepto se refiere al hecho de que durante sexenios pasados, por errores de cálculo se otorgaron créditos por encima de la capacidad de pago de los derechohabientes, lo que derivó en la generación de intereses y morosidades.
Cuando la omisión de pago que generó intereses se atribuya a la persona trabajadora o pensionada, se realizará el cálculo de los intereses generados, actualizaciones y capital adeudado y se reestructurará según lo establecido en el contrato.
Para el pago de la deuda, ISSSTE solicitará que se descuente dicho monto del sueldo básico o, de la cantidad que resulte de sumar el sueldo básico y las compensaciones, que en términos de las disposiciones aplicables correspondan, o de la pensión, de conformidad con el esquema elegido por la persona trabajadora al momento de formalizar el contrato respectivo.
Liquidación de deudas impagables
Debido a los motivos expuestos en el punto anterior, se acumulaba una deuda excesiva y los plazos de pago para los trabajadores se volvían más extensos, pues estos créditos hipotecarios se otorgaron en su momento con la modalidad Veces Salarios Mínimos, lo que afectaba negativamente las finanzas de los trabajadores.
Ante esta problemática y para ayudar a reducir el impacto negativo de los denominados "créditos impagables", el sexto artículo transitorio estableció que para las personas acreditadas que han pagado dos veces o más el monto del crédito otorgado, el Instituto establecerá los programas necesarios para la liberación del crédito hipotecario debidamente autorizados por la Junta Directiva.
Es decir, de acuerdo con esta reforma, los financiamientos que se han pagado más de 1.9 veces o por más de 30 años, se liquidarían de inmediato.
Reestructuración de UMA's a pesos
Las reformas al artículo 20 Bis establecen que en los créditos de vivienda, los trabajadores podrán reestructurar en UMA o en pesos los adeudos mencionados en el artículo 20, en los siguientes casos:
- Cuando haya dejado de prestar sus servicios en el sector público y le haya sido aplicado el plazo de 12 meses de prórroga, establecido en el artículo 183 de la Ley de Fovissste
- Si la obligación de pago pactada en el contrato respectivo es superior al descuento convenido.
- Cuando la persona acreditada cumpla con los requisitos de otros programas específicos de reestructura que emita el Instituto por acuerdo de su Junta Directiva, incluyendo los destinados a las personas trabajadoras que pudieran haber incurrido en morosidades.
En todos los casos las reestructuraciones procederán siempre y cuando se reúnan los requisitos y se sujeten a los esquemas que, para tal efecto, emita la Junta Directiva, según lo dispuesto en el artículo 177, último párrafo, de la Ley de Fovissste.
Límite a descuentos
Se tienen reportes de personas jubiladas a quienes se les llega a descontar hasta 90 % de sus pensiones para el pago de sus créditos hipotecarios Fovissste, lo que los deja con una cantidad mínima para cubrir sus gastos diarios.
Ante esta problemática, se modificó la Ley del Fovissste para establecer límites a los descuentos que se hacen a los trabajadores y pensionados para pagar sus créditos hipotecarios otorgados por la instancia:
- No se podrá descontar más del 30 % al sueldo base de los trabajadores activos.
- No se podrá descontar más del 20 % a los jubilados y pensionados.
Conclusiones
¿Qué te parecen estas reformas a la Ley de Fovissste y los beneficios que te brindarán?
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